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Somos TAX FREE
No mucha gente sabe que un viajero–turista cuando visita España desde un país extracomunitario puede beneficiarse de compras libres de impuestos. Ésto puede suponer un ahorro de hasta el 16 % de cualquier compra realizada. La devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), lo establece la Ley 37/92 como un derecho. En España el tipo impositivo para la mayoría de artículos es el 16 %, calculándose sobre la base imponible. Sobre el P.V.P, el I.V.A. líquido repercutido es un 13,79 %. Para artículos de primera necesidad existen, además, dos tipos de I.V.A. reducido. Por una parte, se aplica el 7 % a artículos tales como libros, óptica y algunos productos alimenticios envasados, y por otra, existe un tipo superreducido del 4 % para productos perecederos de primera necesidad como frutas verduras, pescados y carnes, pan … Una vez realizadas las compras, los comercios o establecimientos tienen la obligación de devolver este I.V.A. al Estado, con carácter trimestral. Así pues, cualquier residente de fuera de la Unión Europea, tiene el derecho a la devolución del I.V.A. en todas las compras realizadas en nuestro país.
Para hacer uso del derecho a la devolución del I.V.A., el viajero/turista deberá presentar los bienes adquiridos en la aduana de exportación, que acreditará a la salida mediante la correspondiente diligencia en la factura. Para ello existen dos fórmulas de devolución del I.V.A.:
– Directamente por el viajero: El propio viajero remite la factura emitida por el comercio y diligenciada por la aduana al establecimiento dónde efectuó la compra, el cual, posteriormente, devolverá la cuota repercutida en el plazo de quince días siguientes mediante cheque o transferencia bancaria.
– Servicio TAX FREE: El reembolso se realizará a través de entidades colaboradoras, autorizadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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